Sunday, July 04, 2010

CHIMBOTE: POLÍTICAS CULTURALES ¡AHORA! / Augusto Rubio

Chimbote: Políticas culturales ¡ahora!
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A escasos meses de las elecciones municipales y regionales, reflexionamos en torno a las experiencias de gobierno en materia de políticas culturales desde las comunas y los gobiernos regionales. Reflexionamos porque es necesario hacerlo, porque nadie desde los entes del Estado se ha puesto a pensar en la cultura como factor de integración social, como herramienta de combate a la exclusión, como construcción de ciudadanía, de identidad (que tanta falta nos hace a los chimbotanos), y como democratización del acceso a los bienes y servicios que (a la cultura) le es inherente.

Lo que debería ser una de las tareas trascendentales de los municipios y gobiernos regionales (la institucionalización de políticas culturales) no existe en Chimbote, una ciudad donde no se satisface las necesidades culturales de la población con el pretexto de que existe "la imperiosa necesidad de enfrentar otros temas de mayor importancia". La diversidad cultural de nuestro puerto reclama reconocimiento y revaloración, no solo en el discurso político, sino en la práctica cotidiana. La cultura no está en la agenda pública a pesar de ser factor ineludible de desarrollo y pieza clave al momento de diseñar una estrategia que nos encamine hacia el futuro. Los gobernantes ven el crecimiento económico como sinónimo de desarrollo y olvidan (o se niegan a darle espacio) a lo verdaderamente importante.

La construcción de políticas culturales supone mayor visibilidad e independencia de la cultura en el espacio público, reconociendo su transversalidad y complementaridad con otros sectores, y no la subordinación a ellos. Los municipios y el GRA deberían cumplir el rol de facilitar y promover la construcción de políticas culturales y no dejar que nos sigamos empobreciendo como comunidad. Para ello es indispensable la participación de los creadores, profesionales y gremios de la cultura, quienes nunca han podido constituir un movimiento organizado ni una agenda concertada y con herramientas que permitan dialogar fluidamente con los estamentos oficiales. Los gestores culturales no han asumido un rol activo que parta de la premisa de que la inserción de la cultura en la agenda pública y su incidencia en otras políticas públicas y privadas dependerá de su capacidad de elaboración y presencia social, y ése es un grave error que debe subsanarse.

Es tiempo de elecciones y nos preguntamos cuántos aspirantes al sillón municipal y regional han insertado políticas culturales en sus planes de gobierno, cuántos piensan democratizar, dignificar y descentralizar nuestra cultura. Estamos ante un reto y una acción que no debe esperar más. Es momento de exigir lo que se nos debe, no dejar pasar nuevamente la oportunidad de construir.
En las próximas semanas "Marea cultural" convocará a un conversatorio sobre políticas y propuestas culturales a propósito de las elecciones municipales y regionales 2010, podría ser un primer paso para encontrarnos y empezar a entendernos.

Saturday, July 03, 2010

QUECHUA ANCASHINO / Félix Julca Guerrero


Estimados amigos y amigas les hago extensiva la invitación a la presentación de mi libro "Quechua Ancashino: una mirada actual" que se llevará a cabo el día 19 de julio a las 3:00 pm. en la sala Grau del Congreso de la República (Lima, Perú). Para mayor detalle adjunto afiche y comentarios.

Cordialmente,
Felix Julca-Guerrero, PhD.
University of Texas at Austin

fjulca@mail.utexas.edu

Friday, July 02, 2010

I FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO DE PIURA

I FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO DE PIURA

El Instituto para la Formación de la Lectura en el Perú (INFOLECTURA) es una institución dedicada al fomento de la lectura entre la niñez, juventud y comunidad en general de distintas regiones del Perú.

Para el cumplimiento de sus objetivos, INFOLECTURA está organizando la I Feria Internacional del Libro de Piura, la misma que se desarrollará del 22 al 25 de julio, en la Plazuela Merino. Esta iniciativa cultural, sin precedentes en la ciudad, permitirá fomentar la lectura y elevar la cultura de los habitantes de la región Piura y del norte del país.

Serán cuatro días de actividades culturales en los que se ofrecerán presentaciones de libros, ofertas editoriales, promociones del plan lector, conferencias magistrales, talleres, actividades infantiles, así como espectáculos musicales. Nuestra meta es congregar a más de 5 mil visitantes entre autoridades, escritores, estudiantes, profesores, grupos culturales y colectividad en general.

La I Feria Internacional del Libro de Piura contará con la participación de diversas personalidades del mundo literario, cultural y periodístico. Entre otros, contaremos con la presencia de los escritores extranjeros Oliverio Coello (Argentina), Claudia Apablaza (Chile), Jorge Enrique Lage (Cuba), Pedro Peña (Uruguay), Juan Ramírez Biedermann (Paraguay); así como de los escritores peruanos Marco Martos (Presidente de la Academia Peruana de la Lengua), Oswaldo Reynoso (Arequipa), Dante Castro (Callao), Ricardo Ayllón (Chimbote), Willy del Pozo (Ayacucho), Cronwell Jara (Piura), Bethoven Medina (Trujillo), David Novoa (Trujillo), Alberto Alarcón (Piura), Juan Félix Cortés (Piura), Harold Alva (Piura), Cosme Saavedra (Piura), Jorge Tume (Piura) y los periodistas Beto Ortiz (Lima) y Miguel Godos Curay (Piura).
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Más adelante daremos a conocer el programa general.
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Jorge Luis Tume Quiroga - Presidente de la Comisión Organizadora
César Olivares Acate – Vicepresidente
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Mayores informes:
Mails: jorgetume@hotmail.com, lecturaperu@hotmail.com
Telf: 947915046 -
RPM *690982

CURSOS DE ACTUALIZACIÓN BIBLIOTECARIA

CURSOS DE ACTUALIZACIÓN
BIBLIOTECARIA


Formación de Promotores de Lectura
6 al 9 de julio – 10 al 13 de agosto – 7 al 10 setiembre

Encuadernación Práctica
19 al 21 de julio

Automatización de bibliotecas (Catálogo Unido – BNP)
3 al 5 de agosto

Dirigido a: Bibliotecarios y Docentes.

Ponentes: Bibliotecólogos y Especialistas de la Biblioteca Nacional del Perú

Organiza: Centro Cultural Centenario -Biblioteca Pública César Vallejo y Centenario
Alfonso Ugarte Nº 800 – Chimbote telf. 323904 – 321026 email
bibliomuni@hotmail.com

Vacantes Limitadas

PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL EN CORTOS


Wednesday, June 30, 2010

CONFERENCIA INTERNACIONAL / PUCP


La Facultad de Gestión y Alta Dirección de la Pontificia Universidad Católica del Perú, la Autoridad Nacional de Servicio Civil – SERVIR y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo- AECID se complacen en invitarlo a la conferencia internacional:

“LA PROFESIONALIZACIÓN DE LOS DIRECTIVOS PÚBLICOS”
a cargo del profesor Francisco Longo (España)


Comentarios a cargo de:PhD. Juan Carlos Cortázar, especialista en Modernización del Estado del BID.Magíster Nuria Esparch, Presidenta Ejecutiva de SERVIR.

Francisco Longo es miembro del Comité de Expertos en Administración Pública de las Naciones Unidas (ECOSOCONU). Director del Instituto de Gobernanza y Dirección Pública de ESADE (España). Profesor titular del Departamento de Dirección de Recursos Humanos de ESADE. Experto en gestión pública, gestión estratégica de recursos humanos y gobierno local. Asesor de diversos gobiernos y administraciones públicas. Redactor y ponente de la Carta Iberoamericana de la Función Pública, aprobada por la Cumbre Iberoamericana de 2003 y la Asamblea General de la ONU.

Pontificia Universidad Católica del Perú Auditorio de Humanidades Av. Universitaria 1801- San Miguel

Lunes, 05 de julio de 2010
19:00 horas

Favor confirmar su asistencia hasta el 02 de julio a fgad@pucp.edu.pe o 626-2000 anexo 4470

CINE SOCIAL EN CHIMBOTE


Estimados amigos y amigas de la sociedad civil de Chimbote:

Les invitamos a visitar nuestra sección web donde estamos dando amplia información sobre esta nueva iniciativa de proyectar CINE SOCIAL en Chimbote.

Notas sobre Chaski, el convenio con Cecopros y el Centro Cultural Centenario
Las películas y fechas de JULIO
Fichas técnicas de las películas
Las películas de cada mes del año

INGRESA A CINE SOCIAL EN CECOPROS

Les rogamos ayudarnos a difundir para el beneficio de nuestra comunidad, además será de INGRESO LIBRE

Iniciamos el viernes 8 de julio 6 p.m.
Centro cultural Centenario

PORTAFOLIO COMPOSITOR / Abraham Padilla


LOS LÍMITES DEL ODIO / Cajamarca


Tuesday, June 29, 2010

LA FIESTA DE SAN PEDRO EN ANCASH / Marcela Olivas


LA FIESTA DE SAN PEDRO EN ANCASH
Marcela Olivas Weston

San Pedro es celebrado el 29 de junio y es patrón de Corongo y también de Chimbote. Situados en espacios geográficos diferentes, estos pueblos expresan en su fiesta su universo cultural de un modo original.

SAN PEDRITO EN CHIMBOTE

Para la fiesta de ‘San Pedrito’ en Chimbote, los pescadores conducen en sus embarcaciones la imagen al mar, en una procesión presidida por el obispo, autoridades y multitud de fieles que le agradecen por su don de multiplicador de peces, alimento esencial de la cocina diaria.

Es la ocasión para que, luego de los oficios religiosos, el pueblo de Chimbote se vuelque a los restaurantes cercanos del muelle y del malecón para saborear sus platos predilectos como son el cebiche, la causa con pescado y muchos otros pescados y mariscos preparados en picantes, jugosos, chicharrones y parihuelas, siempre acompañados con su chicha de jora, gaseosas y cervezas. En el programa de celebraciones se realiza además el concurso Chimbote tiene el mejor cebiche del Perú.

SAN PEDRO DE CORONGO

Como en todas las provincias serranas de Ancash, los pobladores se dedican mayoritariamente a la agricultura y ganadería y sus fiestas están relacionadas con estas actividades. En Corongo, capital de la provincial, situado a 3,200 msnm, se conservan costumbres tradicionales, que congrega a sus pobladores, a través de un calendario festivo anual que se inicia con la Juramentación de los Jueces de Agua (1 de enero), prosigue con la celebración de los Tres Reyes Magos (6 de enero), la relimpia de las acequias (7 y 8 de enero), los Carnavales, la Semana Santa, la Fiesta Patronal del 29 de junio y concluye con la Navidad en diciembre.

De todas ellas, la más esperada es la Fiesta Patronal de San Pedro, tanto Para los que han partido lejos, como para los que se han quedado en el pueblo, todos se preparan para el reencuentro y para festejar a su santo patrón. La fiesta está a cargo de los Jueces de Agua de "Parte Arriba" y "Parte Abajo" que es la forma como está dividida la ciudad de Corongo, para la distribución del agua de riego a cada parcela o chacra de cultivo. Los dos jueces son los encargados de distribuir el agua durante un año; su período se inicia el primero de enero y culmina el 31 de diciembre y también tienen la obligación de organizar la fiesta de San Pedro.

Jueces de Agua de Corongo

Las damas que se visten de pallas, son devotas de San Pedro y realizan la promesa de acompañarlo durante tres años como mínimo en la procesión, junto con los conjuntos de músicos con sus roncadoras (caja y flauta). Para agasajar a sus invitados, las autoridades, mayordomos y familias coronguinas preparan los tamales, el picante de cuy, el estofado de cordero y los infaltables caldos de cabeza, de gallina y de cordero para las amanecidas.

Pallas de Corongo

HOMENAJE A EDILBERTO MÉRIDA / Lima


ALBORADA INTERNACIONAL 2 / Director fundador: Oscar Colchado Lucio

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ALBORADA INTERNACIONAL
Revista Peruana de Cultura. Año I, N° 2. Lima, diciembre 2009 - enero 2010
Director fundador: Óscar Colchado Lucio
Pedidos: pisadiablo100@hotmail.com Cel: 943 784118
S/.10.00


MAESTRÍA EN GERENCIA SOCIAL / PUCP


Friday, June 25, 2010

LEY DE CREACIÓN DELMINISTERIO DE CULTURA

TEXTO SUSTITUTORIO
23 DE JUNIO DE 2010
17: 30 p.m.

LEY DE CREACIÓN DEL MINISTERIO DE CULTURA

TÍTULO I


DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1o.- Objeto de la ley
La presente ley crea el Ministerio de Cultura, define su naturaleza jurídica y áreas programáticas de acción, regula las competencias exclusivas y compartidas con los gobiernos regionales y locales; y establece su estructura orgánica básica.
Artículo 2°.- Creación y naturaleza jurídica
Créase el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público. Constituye pliego presupuestal del Estado.
Artículo 3°.- Sector Cultura
El sector cultura comprende al Ministerio de Cultura, las entidades a su cargo, las organizaciones públicas del nivel nacional y otros niveles de gobierno que realizan actividades vinculadas a su ámbito de competencia, incluyendo a las personas naturales o jurídicas que realizan actividades vinculadas al sector cultura.
El sector cultura considera en su desenvolvimiento a todas las manifestaciones culturales del país que reflejen la diversidad pluricultural y multiétnica.

TÍTULO II

ÁREAS PROGRAMÁTICAS DE ACCIÓN, COMPETENCIAS Y FUNCIONES
CAPÍTULO I

ÁREAS PROGRAMÁTICAS DE ACCIÓN

Artículo 4°.- Áreas programáticas de acción
Las áreas programáticas de acción sobre las cuales el Ministerio de Cultura ejerce sus competencias, funciones y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado son las siguientes:
a) Patrimonio cultural de la Nación, material e inmaterial
b) Creación cultural contemporánea y artes vivas
c) Gestión cultural e industrias Culturales
d) Pluralidad étnica y cultural de la Nación

CAPÍTULO II
COMPETENCIAS EXCLUSIVAS Y COMPARTIDAS
Artículo 5°.- Competencias exclusivas
El Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional en:

a) Formulación, planeación, dirección, coordinación, ejecución, supervisión, evaluación y fiscalización de las políticas nacionales y sectoriales del Estado en materia de cultura, aplicable y de cumplimiento en todos los niveles de gobierno y por todas las entidades del Sector Cultura.
b) La formulación de planes, programas y proyectos nacionales en el ámbito de su sector para la promoción, defensa, protección, difusión y puesta en valor de las manifestaciones culturales.
c) El dictado de normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política sectorial, la gestión de los recursos del Ministerio de Cultura y para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, la sanción, fiscalización y ejecución coactiva en las materias de su competencia.
d) En el seguimiento y evaluación respecto del desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local sobre sus áreas programáticas de acción y la Política de Estado en materia de cultura.
e) En la aplicación de las políticas nacionales en materia de cultura considerando a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y organismos privados que operan en el campo de la cultura.
f) Implementación y administración del sistema de registros nacionales relativo a los bienes de patrimonio cultural, creadores, productores de arte, de especialidades afines, de las manifestaciones culturales; y de personas naturales y jurídicas que realizan actividades culturales.
g) En el fortalecimiento de las capacidades de gestión y promoción cultural a nivel nacional, regional y local.
h) En la promoción de la participación activa de las diversas organizaciones u organismos de la sociedad peruana en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes y programas nacionales en materia cultural.
i) En la promoción de la creación cultural en todos sus campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales.
j) En el diseño, conducción y supervisión de los sistemas funcionales en el ámbito de la cultura asegurando el cumplimiento de las políticas públicas sectoriales de acuerdo a las normas de la materia.
k) Las demás que señala la ley.
Artículo 6°.- Competencias compartidas
El Ministerio de Cultura ejerce las siguientes competencias compartidas con los gobiernos regionales y/o gobiernos locales, según corresponda:

a) Con los gobiernos regionales en materia de patrimonio cultural, creación y gestión cultural e industrias culturales: Dictar normas y lineamientos técnicos para la protección, defensa, conservación, difusión y puesta en valor del patrimonio cultural de la nación; y la promoción, desarrollo de mecanismos, estrategias y programas en coordinación con los gobiernos locales, con criterios de interculturalidad.
b) Con los gobiernos locales en materia de patrimonio cultural, creación y gestión cultural e industrias culturales: Prestar apoyo técnico y coordinar las acciones para la defensa, conservación, promoción, difusión y puesta en valor de los monumentos integrantes del patrimonio cultural de la nación.

Corresponde ejercer a los gobiernos regionales y gobiernos locales, en su respectiva jurisdicción, aquellas funciones previstas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Ley Orgánica de Municipalidades. El ejercicio de dichas funciones debe guardar concordancia con las normas y políticas nacionales y sectoriales que dicte el Ministerio de Cultura.

CAPÍTULO III
FUNCIONES EXCLUSIVAS Y COMPARTIDAS

Artículo 7°.- Funciones exclusivas
El Ministerio de Cultura cumple con las siguientes funciones exclusivas respecto de otros niveles de gobierno:
a) Coordinar la implementación de la política nacional de su competencia con los demás sectores, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.
b) Realizar acciones de declaración, a investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación.
c) Fomentar las artes, la creación y el desarrollo artístico a través de la organización, conducción, supervisión y evaluación de acciones públicas orientadas a tal fin, propiciando la presencia de las diferentes organizaciones culturales, facilitando el acceso de la población a las mismas, promoviendo las iniciativas privadas que coadyuven al cumplimiento de los fines del Sector.
d) Convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país.
e) Propiciar la participación de la población, las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades en la gestión de protección, conservación y promoción de las expresiones artísticas, las industrias culturales y el patrimonio cultural material e inmaterial de la nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional.
f) Formular, proponer, ejecutar y establecer los planes, estrategias y acciones en materia de promoción cultural.
g) Formular recomendaciones en materia de formación cultural, y fomento a la lectura al sistema educativo nacional.
h) Desarrollar acciones de producción, emisión y difusión de programas de radio y televisión con el fin de promover las expresiones multiétnicas y pluriculturales de la nación para coadyuvar la integración de todos los peruanos y afirmar nuestra identidad nacional.
i) Garantizar la libertad de información y expresión a través de los medios de comunicación del Estado y promover la participación de la sociedad creando espacios para que se emitan libremente opiniones y propuestas, con el objeto de fortalecer la democracia y una cultura de respeto y paz.
j) Organizar técnica y sistemáticamente el Patrimonio Documental de la Nación, supervisar y evaluar el funcionamiento de los archivos integrantes del Sistema Nacional de Archivos.
k) Planificar, concertar, articular y coordinar con los niveles de gobierno que corresponda las actividades de fomento, asistencia técnica, apoyo y consulta popular para el desarrollo integral de los pueblos andinos, amazónicos y afroperuano.
l) Coordinar acciones para culminar con el proceso de saneamiento físico legal territorial de los pueblos andinos, amazónicos y afroperuano, dentro del marco de la Constitución Política del Perú y los tratados internacionales sobre pueblos indígenas.
m) Cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con el ámbito de su competencia, ejerciendo la potestad sancionadora correspondiente. Está facultado para exigir coactivamente el pago de acreencias o la ejecución de obligaciones, conforme a la ley especial sobre la materia.
n) Establecer las instancias de carácter permanente y los mecanismos apropiados que aseguren el derecho de todo ciudadano a vigilar y participar en la gestión del Ministerio de Cultura, en especial el acceso a la información pública.
o) Presentar anteproyectos de normas ante el Presidente de la República y ante el Consejo de Ministros sobre las materias a su cargo.
p) Coordinar con las entidades del Poder Ejecutivo y con la colaboración de otras entidades competentes, las acciones y actuaciones en el exterior que correspondan, en el ámbito de cultura, orientadas a la difusión, protección, recuperación y repatriación de los bienes de patrimonio cultural y la promoción cultural en el exterior.
q) Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores, su participación en reuniones y negociaciones internacionales en el ámbito de la cultura, así como su opinión sobre los Convenios Internaciones bilaterales y Multilaterales.
r) Coordinar con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo en la elaboración y ejecución de la política de promoción del turismo cultural.
s) Gestionar y canalizar la cooperación técnica internacional destinada al desarrollo la cultura y el arte, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia.
t) Promover la suscripción de la cooperación nacional e internacional reembolsable y no reembolsable, a través de las Entidades competentes y conforme a las normas vigentes.
u) Establecer mecanismos o sistemas de coordinación intersectorial con las entidades involucradas en las actividades de su competencia.
v) Otras establecidas por ley.
Artículo 8°.- Funciones compartidas
En el marco de sus competencias el Ministerio de Cultura cumple las siguientes funciones compartidas con los gobiernos regionales y locales:
a) Promover una cultura de respeto y acceso a los derechos culturales, libertad de creencias y de creación intelectual, artística, técnica y científica.

b) Promover el registro, la investigación, preservación, conservación, difusión y puesta en valor del patrimonio cultural material e inmaterial, arqueológico, histórico y artístico, documental y bibliográfico, plástico, musical, popular y tradicional, el folclor, las industrias culturales y patrimonio documental y bibliográfico de la nación con la participación de las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades.

c) Fomentar la creación científica y literaria, de lectura y el conocimiento del patrimonio bibliográfico y documental de la nación, promoviendo el desarrollo y protección de la industria editorial del libro y los productos editoriales afines, como estímulos que propicien y difundan la creatividad Intelectual, el conocimiento y la cultura.

8.1. Con los gobiernos regionales:
a) Coordinar la promoción, difusión y puesta en valor las manifestaciones artísticas y culturales regionales.
b) Dictar lineamientos técnicos para el diseño, ejecución y evaluación de los programas de desarrollo de la cultura en concordancia con la política nacional con el reconocimiento y respeto a la diversidad cultural y para el desarrollo integral de los pueblos andinos, amazónicos y afroperuano.
c) Coordinar acciones orientadas a la promoción, del fortalecimiento de la identidad nacional, sin distinciones ni exclusiones.
d) Dictar lineamientos y coordinar acciones para la suscripción de contratos, convenios o acuerdos de cooperación interinstitucional con entidades públicas o privadas.
e) Prestar apoyo para la protección, conservación y promoción del patrimonio cultural regional y local, en coordinación con los gobiernos locales y los organismos correspondientes.
f) Fomentar la afirmación de la identidad nacional y promover el desarrollo cultural, a través del diálogo intercultural y el reconocimiento de la diversidad cultural entre los peruanos.
g) Estudiar los usos y costumbres de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano como fuente de derecho, buscando su reconocimiento formal.
8.2. Con los gobiernos locales:
a) Coordinar la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación, dentro de su jurisdicción y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos.
b) Coordinar acciones para organizar y sostener los centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en las provincias, distritos y centros poblados.
c) Prestar apoyo para promover las manifestaciones culturales de la localidad.
d) Coordinar con los organismos regionales y nacionales competentes para la identificación, registro, control, conservación y restauración de los bienes del patrimonio cultural de la nación.
e) Coordinar acciones para promover la consolidación y el fortalecimiento de la identidad nacional.
f) Promover el desarrollo cultural, a través del diálogo intercultural y el reconocimiento de la diversidad cultural entre los peruanos y para la protección a la diversidad biológica y los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas.

TÍTULO III
ORGANIZACIÓN DEL MINISTERIO
CAPÍTULO I
ESTRUCTURA ORGÁNICA
Artículo 9°.- Estructura orgánica
La estructura orgánica del Ministerio de Cultura se rige de conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la presente Ley. Las funciones y atribuciones específicas de toda la estructura orgánica del Ministerio de Cultura se regulan por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura.

Artículo 10o.- Estructura orgánica básica

El Ministerio de Cultura tiene la siguiente estructura básica:

a) ALTA DIRECCIÓN.- Está conformada por:
Ministro.
Viceministro de Patrimonio Cultural e industrias Culturales.
Viceministro de Interculturalidad.
Secretario General.

La Alta Dirección del Ministerio de Cultura, cuenta con un gabinete de asesoramiento especializado para la conducción estratégica de las políticas a su cargo y para la coordinación con el Congreso de la República.

b) ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL.- Es la unidad especializada responsable de llevar a cabo el control gubernamental en el Ministerio de Cultura y se regula conforme a la ley y normativa sobre la materia. Está ubicado en el mayor nivel jerárquico de la estructura del Ministerio.
c) ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA.- El Ministerio cuenta con oficinas generales destinadas al cumplimiento de sus funciones sustantivas, se crean mediante Decreto Supremo y están conducidas por un Jefe designado mediante Resolución Ministerial.
d) ÓRGANOS DE LÍNEA.- El Ministerio cuenta con las Direcciones Generales que proponen y ejecutan las políticas públicas del sector Cultura, se crean mediante Decreto Supremo y están conducidas por un Director General designado mediante Resolución Ministerial.
Artículo 11°.- Adscripción de Organismos Públicos
Los organismos públicos adscritos al Ministerio de Cultura se regulan de conformidad a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, sus normas y correspondiente reglamento de organización y funciones, conforme al ordenamiento jurídico de la descentralización.
Los organismos públicos adscritos al Ministerio de Cultura son los siguientes:

1. Instituto Nacional de Cultura - INC
2. Biblioteca Nacional del Perú.
3. Instituto de Radio y Televisión Peruana.
4. Academia Mayor de la Lengua Quechua.
5. Archivo General de la Nación.
6. Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano.

Artículo 12°.- De las Comisiones del Ministerio de Cultura
Las Comisiones Sectoriales, Multisectoriales y Consultivas que están integradas al Ministerio de Cultura se regulan de conformidad a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, su norma de creación y su respectivo reglamento. La conformación de cualquier tipo de comisión es a propuesta del Ministerio de Cultura o de cualquier entidad pública o privada en materia de cultura.
CAPÍTULO II
FUNCIONES DE LA ALTA DIRECCIÓN
Artículo 13o.- Del ministro
El Ministro de Cultura, con arreglo a la Constitución Política del Perú es la más alta autoridad política del sector. Le compete:
a) Orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales a su cargo.
b) Dirigir y supervisar las acciones de los organismos públicos bajo su competencia.
c) Establecer las mediciones de gestión del Ministerio y las entidades de su Sector y evaluar su cumplimiento.
d) Mantener relaciones con los gobiernos regionales y locales y convocar a reuniones sectoriales en el ámbito de las competencias atribuidas a su sector.
e) Las demás que la Constitución Política del Perú, las leyes y el Presidente de la República le asignen.
Artículo 14°.- Del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
El Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales es la autoridad inmediata al ministro en asuntos de patrimonio cultural e industrias culturales, que comprende, además, los patrimonios arqueológicos y monumentales y el fomento cultural. Es nombrado mediante resolución suprema y representa al ministro en los actos y gestiones que le sean encomendados. Por encargo del Ministro ejerce las siguientes funciones:
a) Formular, coordinar, ejecutar y supervisar !a política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas al patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del patrimonio cultural de la nación, de conformidad con la respectiva política nacional.
b) Formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas relacionadas con el fomento de las artes vivas, el cuidado del patrimonio artístico de la nación, la promoción de la creación artística y el desarrollo de las industrias culturales.
c) Orientar y supervisar la gestión, defensa, declaración, protección, investigación y promoción de los bienes de patrimonio cultural, a cargo del Estado.
d) Promover el fortalecimiento y capacitación de todos los elencos artísticos adscritos al Ministerio de Cultura y su promoción dentro y fuera del país. Disponer la programación, ubicación y uso de locales, concursos, evaluaciones y demás aspectos referidos a la calificación y, atender, previa calificación, las demandas de promoción y auspicio de las instituciones privadas.
e) Las demás que le asigne la ley y el reglamento de organización y funciones.

Artículo 15°.- Del Viceministro de Interculturalidad
El Viceministro de Interculturalidad es la autoridad inmediata al ministro en asuntos de interculturalidad e inclusión de las poblaciones originarias. Es nombrado por resolución suprema y representa al ministro en los actos y gestiones que le sean encomendados. Por encargo del ministro ejerce las siguientes funciones:

a) Promover y garantizar el sentido de la igualdad social y respeto a los derechos de los pueblos del país de conformidad con el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.
b) Formular políticas de inclusión de las diversas expresiones culturales de nuestros pueblos y generar mecanismos para difundir una práctica intercultural en el conjunto de la sociedad peruana, sustentada en una cultura de paz y solidaridad. Se recoge todos los conocimientos ancestrales en ciencia y tecnología.
c) Proponer mecanismos para evitar cualquier tipo de exclusión o discriminación de los diferentes pueblos del país, asegurando la construcción de una identidad nacional.
d) Coordinar, orientar y supervisar las actividades que cumplen los órganos del ministerio, los organismos públicos y demás entidades correspondientes al sector, para promover la construcción de políticas que permitan conocernos mejor y que reconozcamos las diversas culturas que existen en nuestro país, que su respeto y valoración permitan construir una ciudadanía inter-cultural.
e) Formular, ejecutar y supervisar políticas y normas que promuevan prácticas vigilantes para evitar expresiones de discriminación contra los ciudadanos y pueblos del país.
f) Emitir resoluciones viceministeriales en los asuntos que le corresponden conforme a Ley.
g) Las demás que le asigne la ley y el reglamento de organización y funciones.

Artículo 16°.- Del Secretario General
El secretario general asiste y asesora al ministro en los sistemas de administración del Ministerio de Cultura. Puede asumir, por delegación expresa del ministro, las materias que correspondan a este y que no sean privativas del cargo de ministro de Estado. Está encargado de supervisar la actualización permanente del portal de transparencia del Ministerio.

CAPÍTULO III
DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA Y DE LÍNEA

Artículo 17º.- Órganos de administración interna
Los órganos de administración interna se organizan mediante oficinas generales con la finalidad de cumplir con las funciones de planeamiento, presupuesto, asesoría jurídica, recursos humanos, comunicación, gestión de medios materiales y demás que sean necesarios para el mejor cumplimiento de las funciones sustantivas del Ministerio.

Artículo 18ª.- Órganos de línea
Los órganos de línea se organizan mediante direcciones generales necesarias para proponer y ejecutar políticas públicas de cultura. Las direcciones generales realizan las funciones sustantivas a cargo de la entidad, en coordinación directa con los gobiernos regionales y locales respectivos.
TÍTULO IV

ARTICULACIÓN Y COORDINACIÓN INTERGUBERNAMENTAL
Artículo 19°.- Mecanismos de articulación con otros niveles de gobierno
El Ministerio de Cultura coordina con los gobiernos regionales y locales y con otros organismos del Estado, la implementación de las políticas nacionales y sectoriales y la evaluación de su cumplimiento, a través de los siguientes mecanismos:

a) Desarrollo de sistemas de información y mecanismos que contribuyan al cumplimiento de las competencias compartidas en materia de cultura.
b) Facilita a los gobiernos regionales y locales la información que requieran para el adecuado ejercicio de sus respectivas competencias en estas materias. Los gobiernos regionales y locales entregan los datos, registros o documentos que produzcan o posean para el cumplimiento de las funciones del Sector Cultura.
c) Implementar un sistema de seguimiento y evaluación del cumplimiento de las políticas nacionales, sectoriales, y evaluar el cumplimiento de las normas en materia de cultura, el cual debe considerar la participación directa del Ministro, Viceministros, órganos de línea, presidentes regionales, alcaldes y sus órganos en las materias que son competentes.
d) Orientar y prestar apoyo técnico a los Gobiernos Regionales para el adecuado cumplimiento de las funciones descentralizadas y de los Planes Estratégicos Regionales.
e) Proporcionar a los gobiernos regionales y locales la cooperación, capacitación y la asistencia técnica que éstos requieran para el ejercicio de las competencias transferidas.
f) Celebrar convenios interinstitucionales con los gobiernos regionales y locales para el mejor cumplimiento de las funciones del Ministerio de Cultura.
g) Otros mecanismos de articulación y coordinación que considere pertinente.

Artículo 20°.- Órganos de Coordinación de los Gobiernos Regionales y Municipalidades
Los gobiernos regionales y las municipalidades aseguran dentro de su organización interna la conformación de órganos especialmente dedicados o conformados para el cumplimiento de las políticas sectoriales de cultura, a la coordinación con el Sector Cultura y aplicación de la presente ley.

TÍTULO V
RÉGIMEN ECONÓMICO, FINANCIERO Y LABORAL

Artículo 21°.- Régimen económico y financiero
Los recursos del Ministerio de Cultura están constituidos por:
a) Los asignados por la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público.
b) Los recursos directamente recaudados.
c)Las donaciones y transferencias que en su favor efectúen las instituciones y organismos públicos así como las personas naturales o jurídicas privadas.
d) Los recursos provenientes de la cooperación nacional e internacional reembolsables y no reembolsables.
e) Los fondos que existan en favor de las artes, la investigación científica, el desarrollo de proyectos culturales y de puesta en valor de bienes del patrimonio cultural de la Nación.
f) Otros que se establezcan conforme a ley.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
PRIMERA.- Procedimientos administrativos
Hasta que se apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Cultura, mantienen su vigencia los procedimientos aprobados en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades que fusionadas o adscritas al Ministerio, así como aquellas funciones transferidas.

SEGUNDA.- Régimen laboral
El régimen laboral del personal del Ministerio de Cultura se rige de conformidad con las normas especiales sobre la materia y de las disposiciones que el Poder Ejecutivo emita para tal fin. Como consecuencia de la fusión de las entidades se debe garantizar los derechos laborales de los servidores.

TERCERA.- Reconocimiento y pago de sentencias
El Ministerio de Cultura asume el reconocimiento y pago de las sentencias consentidas y ejecutoriadas, cargas y obligaciones de los organismos públicos fusionados o adscritos al Ministerio de Cultura, para lo cual se autoriza al Gobierno Central a tomar las medidas necesarias para tal fin.

CUARTA.- Disposiciones para la implementación del Ministerio
Facúltase al Ministerio de Cultura a emitir las disposiciones complementarias que se requieran para la adecuada implementación de la presente Ley, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA.- Fusión de Organismos Públicos.
El Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de noventa (90) días contados desde el día siguiente de publicada la presente Ley, aprobará las fusiones de los organismos públicos adscritos al Ministerio de Educación, Ministerio de Justicia y Presidencia del Consejo de Ministros y la de sus órganos, programas, proyectos y/o unidades ejecutoras que correspondan ser transferidos al nuevo Ministerio de Cultura.
SEGUNDA.- Autorización de modificaciones presupuestarias durante el proceso de fusión
El Poder Ejecutivo propone, de acuerdo a Ley, las modificaciones presupuestarias, a nivel institucional, que sean necesarias como consecuencia de las fusiones y transferencia de funciones que se realice para la implementación del Ministerio de Cultura, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.
TERCERA.- Creación de Unidades Ejecutoras en el proceso de fusión
El Ministerio de Cultura propondrá a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, durante el año fiscal 2010, la creación de las Unidades Ejecutoras que resulten necesarias en el marco de los procesos de fusión. Para dicho efecto, exonérese del tope establecido en el artículo 58° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Primera Disposición Final de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2010.
El número de Unidades Ejecutoras resultantes deberá ser menor o igual al que se tenía al inicio del proceso general de fusiones, como consecuencia de la implementación del Ministerio de Cultura.
CUARTA.- Modificaciones a la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación
El Ministerio de Cultura, a través del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales , deberá presentar dentro de los ciento veinte (120) días posteriores a la publicación de su respectivo Reglamento de Organización y Funciones, la propuesta de modificación o adecuación de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y del Decreto Supremo N° 011-2006-ED, que aprobó su Reglamento, a la nueva estructura orgánica del Ministerio de Cultura, En ese mismo plazo, se deberán aprobar las disposiciones que regulen la administración del Registro de personas naturales y jurídicas que se dedican a fines culturales así como de bienes del patrimonio cultural, creadores, productores de arte y de especialidades afines.
ATI
QUINTA.- Seguimiento a Entidades Públicas
El Ministerio de Cultura, en concordancia con las normas que dicte el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, emite informes de gestión respecto de la aplicación de sus políticas y el desempeño de sus entidades; y los remite anualmente a la Presidencia del Consejo de Ministros y a la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura, Patrimonio Cultural, Juventud y Deporte del Congreso de la República.

SEXTA.- Donación a favor de Proyectos Culturales
El financiamiento total o parcial que, con carácter de donación en dinero, realizan personas naturales o jurídicas a entidades públicas, excepto empresas, o entidades sin fines de lucro calificadas como entidades perceptoras de donaciones por el Ministerio de Economía y Finanzas en un plazo de treinta (30) días, conforme a lo dispuesto en la legislación del Impuesto a la Renta, y que cuenten con la aprobación de un proyecto para la realización de actividades artísticas, científicas, culturales o educativas de interés general, comprendida en su objeto social, de acuerdo al procedimiento establecido en la presente Ley y en su reglamento, serán consideradas como promoción cultural. Un proyecto podrá ser financiado por más de un donante.

Entiéndase que están comprendidas dentro de las actividades culturales, las de conservación y restauración de bienes muebles e inmuebles que conforman el Patrimonio Cultural de la Nación realizadas por las entidades perceptoras de donaciones a que se refiere el párrafo anterior.

También están comprendidos como promoción cultural los proyectos de construcción de infraestructura para la realización de actividades artísticas, científicas, culturales o educativas de interés general. Las referidas construcciones no podrán ser usadas directa o indirectamente en actividades distintas a las señaladas en el proyecto, caso contrario, el monto de la donación será considerado renta gravada para la entidad perceptora de donaciones en el ejercicio correspondiente en que se percibió la donación.

Las entidades públicas o privadas que deseen ser perceptoras de donaciones de promoción cultural deberán presentar al Sector competente un proyecto describiendo la actividad artística, científica, cultural o educativa y el monto requerido para su financiamiento. La entidad competente se encargará de evaluar y aprobar el proyecto, atendiendo a los requisitos que establezca el reglamento, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir de su presentación.

Una vez obtenida la aprobación y certificación de la entidad competente el proyecto será inscrito en el registro a que se refiere la octava disposición complementaria final de la presente ley.

SÈTIMA.- Deducción de gastos por donaciones e infracciones y sanciones por utilización indebida
Los donantes podrán deducir como gasto el cien por ciento (100%) del importe donado, siempre que dicha deducción no exceda el quince por ciento (15%) de la renta neta de tercera categoría, luego de efectuada la compensación de pérdidas a que se refiere el artículo 50º de la Ley del Impuesto a la Renta, o el quince por ciento (15%) de la suma de la renta neta del trabajo y la renta de fuente extranjera, tratándose de personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales.

Tratándose de donantes que realicen donaciones por las que se pueda efectuar la deducción de acuerdo a lo previsto en la presente disposición, así como donaciones por las que pueda efectuar la deducción al amparo de lo dispuesto en el inciso x) del artículo 37º e inciso b) del artículo 49º de la Ley del Impuesto a la Renta, el porcentaje máximo de deducción se determinará en base al promedio ponderado de los límites establecidos por las referidas normas para dichas deducciones, el cual será calculado considerando los montos de las donaciones de acuerdo al procedimiento que establezca el reglamento.

Para efecto de la deducción del gasto por donaciones a que se refiere la presente disposición, se aplican las normas contenidas en la Ley del Impuesto a la Renta y en su Reglamento en cuanto no se opongan a la misma.

La deducción entra en vigencia el 1 de enero de 2011. A partir del ejercicio fiscal 2014, la deducción a que se refiere la presente disposición no podrá exceder del 10%. El Ministerio de Economía y Finanzas presentará a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República, dentro de los dos meses siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta de cada año, un informe para medir el impacto en la recaudación en cada ejercicio fiscal de lo dispuesto en la presente Ley.

El Ministerio de la Cultura informará a la Comisión a que se refiere el párrafo anterior respecto del impacto de la deducción en términos de efectividad, acogimiento y promoción cultural.

La utilización indebida de las donaciones por promoción cultural por parte de las entidades perceptoras de donaciones, será causal para la exclusión automática del registro a que se refiere la octava disposición complementaria final de la presente ley y dejará sin efecto la Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas que las calificó como entidades perceptoras de donaciones.

OCTAVA.- De la aplicación de las deducciones por promoción cultural y de las normas reglamentarias
Las entidades perceptoras de donaciones calificadas como tales por el Ministerio de Economía y Finanzas, cuyo objeto social comprenda uno o varios de los fines materia de la promoción cultural, deberán cumplir con lo establecido en la presente disposición así como en la sexta y sétima disposiciones complementarias finales precedentes, a partir de su vigencia, a efecto que las donaciones que perciban sean consideradas gasto deducible contra el Impuesto a la Renta.

Mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de la Cultura, se dictará las normas reglamentarias mediante las cuales se establecerán el registro de proyectos, entidades perceptoras, financiamiento requerido, entre otros, así como la información que las entidades perceptoras de donaciones deberán alcanzar al Sector competente y toda otra disposición que resulte necesaria para la mejor aplicación de la deducción por promoción cultural a que se refieren las disposiciones complementarias finales anteriores.

NOVENA.- Descentralización del Instituto Nacional de Cultura
Encárguese al Poder Ejecutivo la transferencia de las unidades departamentales del Instituto Nacional de Cultura a los correspondientes gobiernos regionales en un plazo no mayor de ciento veinte (120) días.

DÉCIMA.- Adecuación de los Organismos Públicos adscritos
Los organismos públicos adscritos al Ministerio de Cultura adecuarán sus normas conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo en un plazo no mayor de ciento veinte (120) días.

Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Cultura, se aprueba el número de personal que requerirá el Ministerio para el cumplimiento de sus funciones. Dicha aprobación se realiza luego de adecuados los documentos de gestión con arreglo a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

DÉCIMA PRIMERA.- Vigencia
La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano. En tanto se apruebe el respectivo Reglamento de Organización y Funciones - ROF y los demás documentos de gestión del Ministerio de Cultura, las funciones ejecutivas en materia de cultura continuarán a cargo del Instituto Nacional de Cultura - INC, hasta la designación del Ministro de Cultura. Los documentos de gestión de las entidades públicas que se fusionen o extingan por absorción, continúan vigentes hasta la dación de los nuevos documentos de gestión.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
ÚNICA.-Derogación
Deróguense y/o modifícase las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley y el D.S. 003-2010-ED, Decreto Supremo que aprueba fusión de la Dirección Nacional de Archivo Histórico y sus unidades orgánicas en el Instituto Nacional de Cultura, siendo este último el ente absorbente.

Lima, 23 de junio de 2010.

Werner Cabrera Campos
Presidente de la Comisión de Educación

Monday, May 24, 2010

Ancash en PERÚ CELEBRA

CELEBRA PERÚ


Gran celebración hubo en Lima con motivo de cumplirse el primer aniveresario de la Ley de Creación de los Clubes Departamentales, promovida por el señor Roque Otárola, ancashino y en esa fecha presidente de la Asociación de Clubes Departamentales del Perú,
pues el año pasado hubo una celebración en el patio de Palacio de Gobierno, con un pasacalle.

Ayer, a un año de cumplirse este acontecimiento, se armó la gran fiesta con un desfile de danzas de cada región, desde el óvalo de la Avda. Brasil concluyendo con una feria gastrónomica en el Campo de Marte: CELEBRA PERU, auspiciada por PROMPERÚ.

El espacio no fue suficiente, era como una MISTURA POPULAR, el ingreso gratuito pero no se podía uno acercar a los platos... en Ancash, hasta el mismo presidente Arce Trujillo se puso a preparar los sanguches de jamón y queso, el cuy voló, la gente hacía colas,
fue otra experiencia gastronómica, donde se ve el potencial de los clubes departamentales en la capital.


Fue interesante ver las familias, sentadas en los jardines, cada uno con un plato diferente del país: seco de chavelo de Piura, lomo saltado de Lima, arroz con pato de Lambayeque, cebiche de Tumbes, picante tacneño, chicharrón con mote de Huancayo, cecina shilpida de Cajamarca, tamales de Huaraz, sopa chairo del Cusco, juanes de Loreto etc. etc. etc.
Aunque debo decir que en Ancash solo hubo cebiche de chochos, tamales, humitas, cuy y jamón...fattó la cocina costeña de Casma, Huarmey o Chimbote¡

Marcela Olivas Weston


Sr. Arce Trujillo, presidente Club Ancash

Muestra de RAMIRO VIGO


Estimad@s amig@s:

El Museo de Arte de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, los invita cordialmente a participar de la próxima inauguración del artista:

Ramiro Vigo

Se llevará a cabo este viernes 28 de mayo a las 7 p.m. en la Sala Vinatea Reinoso que se encuentra en el segundo nivel del Patio de Derecho del Centro Cultural de San Marcos, Av. Nicolás de Piérola 1222, Parque Universitario, Centro Histórico de Lima.

Los esperamos,

P.D.: Adjuntamos invitación y afiche, estacionamiento en el Parque Universitario.



Friday, May 21, 2010

"PERÚ: MINISTERIO DE CULTURA"

“PERU: MINISTERIO DE CULTURA”

Tipo: Reuniones - Reunión informativa
Hora de inicio: El lunes 31 de mayo de 2010 a las 15:00
Hora de finalización: El martes 01 de junio de 2010 a las 20:00
Lugar: Auditorio de la Biblioteca Nacional, Av. De la Poesía Nº 160, San Borja
Descripción
Lunes 31 de mayo
3:00 p.m. Inauguración: Presidente de la Comisión de Educación
3:15 p.m. Exposición del Proyecto de Ley 3622/2009-PE a cargo de la PCM
3:45 p.m. Comentaristas: Dr. Gonzalo Portocarrero y Norma Fuller
4:50 p.m. Tema: Instituto Nacional de Cultura: La actual política cultural
Dra. Cecilia Bákula Budge
5:20 p.m. Comentarista: Dr. Sinesio López Jiménez
6:00 p.m. Conferencia Magistral: La política cultural en un país pluricultural. Dr. Luis Guillermo Lumbreras Salcedo
Martes 01 de junio:
Experiencias de Ministerio de Cultura
11:00 a.m. Comentarios del panel: Rocío Silva Santisteban Roger Rumrril García
12:15 p.m. Intervención del público Propuestas de política cultural
3:00 p.m. AIDESEP
3:30 p.m. INDEPA
4:00 p.m. CONACAMI
4:30 p.m. Peruanos en el exterior: Cancillería (José Zapata)
7:30 p.m. Conclusiones y recomendaciones
8:00 p.m. Clausura del evento: Presidente de la Comisión de Descentralización

CONVERSTORIO "EL PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL"

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
CONVERSATORIO


"HACIA EL BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA DEL PERÚ: EL PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL”
Martes 25 de mayo, 4:30,


Casa de la Literatura (ex-Estación Desamparados),


Entrada Libre


La revaloración del Patrimonio Histórico Cultural es una tarea fundamental para el desarrollo humano de todos los peruanos y fuente de inspiración para reflexionar sobre nuestro futuro como Nación a puertas de celebrar el Bicentenario de la Independencia del Perú.

Por ello, la Dirección de Promoción Escolar de Cultura y Deporte del Ministerio de Educación (DIPECUD), en el marco de la Campaña Mayo Mes de los Museos, ha programado un Conversatorio con tres personalidades académicas de primer nivel alrededor del estado general de las políticas sobre Patrimonio Histórico Cultural en su relación con los 200 años que en el año 2021 tendrá nuestro país como Nación.

Margarita Guerra, Inés del Águila y Cristóbal Aljovín, sostendrán un Conversatorio en el cual se reconsiderarán las distintas nociones de Patrimonio y se conversará sobre las mejores políticas a proponer, a puertas del Bicentenario como Nación, para su protección, preservación y valorización.

Durante el acto, la directora de la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte (DIPECUD), doctora Renata Teodori de la Puente anunciará los proyectos que su Dirección ha establecido para el año 2010 en el tema de Patrimonio, la “Revalorización de las Huacas”.
Con el ruego de su difusión
ENTRADA LIBRE




Más información: telf 6155800 anexos 21157-21154
Carolina Varón GabaiEspecialista del Área de CulturaDirección de Promoción Escolar, Cultura y DeporteMinisterio de EducaciónCalle Comercio c.2. San BorjaEspalda Museo de la Nacióncvaron@minedu.gob.peTeléfono 615 5800 anexos 21154, 21157

Thursday, May 20, 2010

XANTA 3 Revista de Cultura / Dante Lecca

YA SALIÓ XANTA 3, REVISTA DE CULTURA. 24 pags. Mayo 2010
Las mejores plumas al servicio de la conciencia crítica

Contenido
Comentario: ¿LEER O RELEER? / Germán Torres Cobián.
Reseña: COMPAGINANDO / Ricardo Ayllón
Narración: FIESTA SAGRADA / Italo Morales
Entrevista: VICTOR UNYÉN: UNA VIDA AL SERVICIO DE LA CULTURA
Creación: ÚLTIMA SIRENA / Esteban Couto. CANTO A CARAL / Eva Velásquez.
Historia: FORMACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH / Fernando Bazán Blas.
Duelo de sables: UNYÉN Vs. BAZÁN
Reflexión: TECNOLOGÍA Y REENCUENTRO CON LA LECTURA / Dante Lecca
Artes Plásticas: SANTIAGO MACHADO, PINTAR PARA VENCER EL MIEDO
Testimonio: EL SUEÑO DE “VILLA DE LA CULTURA” Y SU SÍMIL MEXICANO “ESTRIDENTÓPOLIS”
El Poeta invitado: FERNANDO DEL PASO (México).

Distribución:
Jr. Huánuco 446 – Florida Alta, Chimbote.
Celular MoviStar: 944967171
Celular Claro: 943193222

Próximo número:
XANTA 4, Junio 2010.
Se reciben colaboraciones hasta el 5 de junio.
Enviar sus poemas, artículos, comentarios, reseñas, entrevistas, narraciones cortas, dibujos, fotografías, etc. Al email:
danlec7@hotmail.com
Se proporcionará 10 ejemplares de la revista a quienes se publique su colaboración.

Dante Lecca Lozano, Editor
Manuela Hernández Estrella, Administradora

5 ESQUINAS Revlsta de Literatura / César Quispe


¡Ya está en circulación!
5 Esquinas
Revista de literatura


Año 1 N° 1, mayo de 2010
Dirige: César Quispe Ramírez


En este número:
POCAS PULGAS. IMAGEN DE LA MICROFICCIÓN ANCASHINA

Pedidos o consultas a:
informes@librosperuanos.com
o a los números: 945303861 - 988421747

Tuesday, May 18, 2010

SIGUE EL REMATE

Amigos alli les envio algunos cuadros que estoy rematando a 50 dolares cada uno, la medida oscila entre los 30 x40 cm, (como veran la foto no favorece mucho)
KAWIDE
Cel. 990402463
Puma
La Chicha

Mar nocturno

Pequeño recursero

Pescador

Botes

Huellas

Monday, May 17, 2010

MEMORIA MUSEO MEMORIA / Luis Repetto

MEMORIA MUSEO MEMORIA

El 18 de mayo se celebra en todo el mundo el Día Internacional del Museo, fechainstituida por el ICOM-Consejo Internacional de Museos desde 1976 con laintención de sensibilizar a las comunidades respecto a la importancia ytrascendencia de estos espacios culturales que cada vez se han convertido masen lugares para la memoria, el conocimiento, el esparcimiento y la interacción.
Cada año el ICOM propone un tema para propiciar la reflexión. Este año, eltema seleccionado se denomina: Los Museos para la armonía social. Nuestro paísestá definido en la constitución del Estado como un país, pluricultural,pluriétnico y multilingue, así, esta convocatoria está destinada a promover lainterculuralidad, la tolerancia y el mutuo respeto.
El Perú con una larga tradición histórica, con asentamientos poblados dealrededor de 5000 años de antigüedad, con un mestizaje evidente que intentaautoafirmarse, con una extraordinaria diversidad natural y cultural no poseefísicamente los espacios adecuados y el uso de estas instituciones culturalessigue siendo mal interpretado, mal utilizado y mal asimilado.
No sólo es responsabilidad del gobierno central, a través de sus gobiernosregionales y municipales, sino también de la sociedad civil, de las empresasprivadas así como de las universidades y la iglesia, todas estas institucionesentre otras, tienen ese inmenso encargo de promover la conservación de nuestropatrimonio cultural.
La ley faculta a las instituciones del Estado a promover el respeto y laconservación de los bienes culturales entendiéndolos en su más amplia acepción,abarcando no solo el paisaje y la naturaleza sino también los bienes producidospor el hombre que son testimonios de su evolución. En estos últimos tiempos, también de manera primordial se considera lapreservación de las identidades locales a través de la promoción y conservaciónasí como del registro del patrimonio inmaterial. El pensamiento, la literatura oral, la música, la danza, la gastronomía y la artesanía así como la medicinatradicional y el uso de las tecnologías tradicionales debe ser respetado ypreservado para las generaciones futuras.
Los museos no son mas los edificios con colecciones encerrados en vitrinas oreservas técnicas, los museos son espacios culturales para la transmisión delconocimiento y la memoria colectiva de los que nos precedieron, para ver elfuturo con optimismo, para reconocernos, para autoafirmarnos, para celebrarnosde ser una civilización capaz de seguir aceptando y venciendo retos. Los museos son espacios abiertos, son territorios con sus habitantes y losobjetos que éstos elaboraron como respuesta a la adversidad, son lugares dondese exponen las manifestaciones artísticas, no solo de las bellas artes sino detodo aquello que es capaz de reconocernos en la diversidad y de identificarnosen el panorama del contexto internacional de naciones.
Existen grandes esfuerzos en los últimos tiempos por clarificar el uso de lamemoria, se comenta mucho su importancia y de su transmisión como testimonio denuestra evolución histórica. Sin embargo el ejemplo mas evidente en el Perú loconstituye el debate generado a partir del Museo de la Memoria que finalmenteintenta transformarse en el Lugar de la Memoria.
Dónde esta la diferencia, es que no seguimos viendo para que sirven los museos, porque temerle a esta palabra que viene desde la antiguedad, generada en Greciacomo el templo de las musas y que en estos más de 2000 años no ha hecho otracosa que transformarse en lo que hoy aspiramos: la preservación y conservacióndel patrimonio en todas sus manifestaciones para las generaciones futuras.
Me parece que el debate que se llevó a cabo en nuestro país el año 2009 enrelación a este tema sirvió para madurar el concepto y asumir que esindispensable contar también con estos espacios físicos para recordar, paravalorar el precio de la democracia y de vivir en orden y paz. Es una historianegra que no debemos ocultar, que debemos conocer, que debemos valorar, quedebemos colocar en su verdadera dimensión.
Por eso este 18 de mayo será un tiempo y un espacio para la reflexión pararetomar este permanente tema de la memoria y los museos y la armonía social. Talvez, la definición de museos más lúcida de los últimos tiempos la haya brindadoMaria Vargas Llosa cuando nos devela que:
“los museos son tan necesarios para los países como las escuelas y loshospitales. Ellos educan tanto y a veces más que las aulas y sobre todo de unamanera más sutil, privada y permanente que como lo hacen los maestros. Ellostambién curan, no los cuerpos, pero sí las mentes, de la tiniebla que es laignorancia, el prejuicio, la superstición y todas las taras que incomunican alos seres humanos entre sí y los enconan y empujan a matarse. Los museosreemplazan la visión pequeñita, provinciana, mezquina, unilateral, decampanario, de la vida y las cosas por una visión ancha, generosa, plural. Afinan la sensibilidad, estimulan la imaginación, refinan los sentimientos ydespiertan en las personas un espíritu crítico y autocrítico. El progreso nosignifica sólo muchos colegios, hospitales y carreteras. También, y acaso, sobretodo, esa sabiduría que nos hace capaces de diferenciar lo feo de lo bello, lointeligente de lo estúpido, lo bueno de lo malo y lo tolerable de lointolerable, que llamamos la cultura\".

Thursday, May 13, 2010

"KAWIDE" REMATA CUADROS AL ÓLEO

"KAWIDE"
REMATA los siguienes cuadros al óleo
S/.500.00
Por razones de viaje, el reconocido artista ancashino afincado en Huarmey Teófilo Villacorta "KAWIDE", oferta el presente cuadro al óleo de 75 x 80 cms. a S/. 500.00 (Quinietos Nuevos Soles), cuyo precio real es de $.400.00 (Cuatrocientos Dólares Americanos)
S/.500.00

Asimismo, está rematando pinturas de 300 dólares tres x 500 soles, correspondientes a una serie de retratos andinos, de 40 x 50 cms., a ver si se interesan comunicarse al 990402463.
Atentamente.
KAWIDE
3 x 500 Nuevos Soles
ENTREGA INMEDIATA
AL PRIMER POSTOR